Rechazo de la SCJN a la Invalidez de la Ley de Impugnación Electoral
- Veritas Veracruz
- 12 feb
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Rechazo de la SCJN a la Invalidez de la Ley de Impugnación Electoral
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la solicitud del partido Movimiento Ciudadano (MC) de invalidar un artículo de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Al no alcanzar la mayoría calificada de votos, el pleno de la Corte determinó que el artículo 80, numeral 1, inciso i), párrafo segundo, continuará en vigor.
El artículo en cuestión establece que la suplencia de queja no operará en los juicios promovidos por ciudadanos que consideren violado su derecho político-electoral a ser votados para algún cargo del Poder Judicial de la Federación. Esta disposición fue impugnada por MC, pero la propuesta de invalidarla, presentada por el ministro Alberto Pérez Dayán, no logró los ocho votos necesarios para ser aprobada.
Pérez Dayán argumentó que no existía una justificación razonable para excluir a los ciudadanos que aspiren a cargos en el Poder Judicial de la Federación del beneficio de la suplencia de la queja, lo que afecta sus derechos al debido proceso y acceso a la justicia. La propuesta fue apoyada por varios ministros, incluidos la presidenta de la Corte, Norma Piña, y otros miembros como Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González, Yasmín Esquivel, Jorge Pardo y Javier Laynez. Sin embargo, Loretta Ortiz y Lenia Batres votaron en contra.
En la discusión, el ministro Pardo señaló que la exclusión de la suplencia de queja no fue parte de la propuesta inicial del Ejecutivo, sino que fue introducida en el Senado a través de una reserva. Por su parte, Ortiz sostuvo que el Congreso tiene la libertad para regular el sistema de impugnación electoral, conforme a lo establecido en la Constitución.
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